martes, 19 de agosto de 2014

El S.T.T.I.T tiene el agrado de invitarte a su compartir

      INVITACIÓN

 El Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de las Telecomunicaciones (S.T.T.I.T), tiene el agrado de invitar a todos sus afiliados, a un compartir que se realizara el día viernes 22 de agosto de 2014, a partir de las 2:30 p.m; en la sede de esta Organización Sindical, ubicada en la Av. Berrizbetia, Qta Tejas Verde, N°17, El Paraíso, Caracas. 

 Juan Velíz 
presidente 

miércoles, 13 de agosto de 2014

La Cantv no cumple con la cláusula del servicio telefónico


Con la firma del contrato colectivo de 2013 – 2015, la empresa se obligaba a cancelar a todos los trabajadores activos, jubilados o pensionado que adquiera un equipo celular con línea, la renta básica, 500 minutos libres y servicio gratis de Movilmensaje, llamada en espera, transferencia de llamadas y llamada en conferencia.
Sin embargo, vemos como se burla de su personal y lo pone a hacer cola para comprar un celular y luego dice No Hay, cómprate tu vergatario.

A continuación la Cláusula acordada para cumplir en el período 2013-2015  

CLÁUSULA Nº 34
SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES

La Empresa conviene en instalar a todos sus Trabajadores activos, jubilados y pensionados que así lo soliciten los servicios de telecomunicaciones que a continuación se especifican:

1. Servicio telefónico residencial. Quedando exonerado estos por la prestación del mismo en los siguientes conceptos: Instalación o mudanza, reconexión, servicio de número privado, servicio de identificación de llamadas y teleamigo.
Adicionalmente la Empresa concederá a sus trabajadores activos, jubilados y pensionados, de acuerdo a los años de servicios, la exoneración en la presentación del servicio telefónico de acuerdo a la siguiente tabla:

AÑOS DE
SERVICIO
(Antigüedad
en la
Empresa)

EXONERACIÓN
DERECHO DE
SUSCRIPCIÓN

RENTA
BÁSICA

No. MAX.
IMPULSOS
MENSUALES

De 1 a 5 años
75%
75%
Hasta 2.000 impulsos mensuales
De 5 a 10 años
90%
90%
Hasta 2.600
impulsos mensuales
Más de 10
años

100%
100%
Hasta 3.500
impulsos mensuales


2. Servicio de Internet a través de Dial-up, ABA o cualquier otra tecnología ofrecida por la Empresa: La empresa conviene en exonerar a los Trabajadores activos, jubilados y pensionados el pago de los servicios y equipos para el disfrute de Internet.

3. Servicio de Telefonía Móvil Celular. El trabajador activo, jubilado o pensionado que adquiera un equipo celular con línea, gozará de los siguientes beneficios: exoneración de la renta básica, 500 minutos libres al mes y servicio gratuito de: Movilmensaje, llamada en espera, transferencia de llamadas y llamada en conferencia.

4. Las condiciones, limitaciones y prioridades en la prestación del servicio de telecomunicaciones a los trabajadores activos, jubilados o pensionados, serán reguladas en la forma siguiente:
a. Todos los beneficios de prioridad y exoneración se refieren a una sola línea telefónica residencial, instalada en la residencia de estos o de algún familiar hasta el 4° grado de consanguinidad, inscrito en los registros de la empresa y siempre que hubiere la posibilidad de prestar el servicio básico.
Y a una sola línea celular, a nombre del trabajador activo, jubilado o pensionado, siempre y cuando sea adquirida en Movilnet u otra filial de la Corporación.
b. Los años de servicios (antigüedad) se computarán desde la fecha del último ingreso.
c. El servicio telefónico residencial sólo será aplicado a llamadas locales, DDN, tramo terrestre (local) de telefonía móvil celular. Cualquier exceso de los beneficios concedidos: llamadas por operador de larga distancia nacional, tramo aire de telefonía móvil celular, entre otros, serán pagados por el trabajador.
d. El trabajador disfrutará del beneficio de exoneración contenido en esta cláusula desde la primera factura emitida por la empresa.

Previa aprobación del respectivo supervisor, los trabajadores tendrán derecho a efectuar personalmente, una llamada semanal de larga distancia, exonerada, siempre que esta se efectúe en su propio centro de trabajo, que su duración no sea superior a tres (3) minutos y que no obstaculice la marcha de los servicios ni la ejecución de las labores. Los trabajadores enviados por dos (2) días o más fuera de su localidad habitual de trabajo en misión de la empresa, podrán efectuar dos (2) llamadas semanales desde el centro de trabajo de la localidad donde se encuentren, en las mismas condiciones señaladas en este numeral.


lunes, 4 de agosto de 2014

Reclamo medio ambiente de trabajo



DERECHO A LA LIBERTAD DE OPINIÓN Y DE EXPRESIÓN (que incluye el derecho a comunicar o recibir informaciones)

        Ante los atropellos y abusos por parte de la Cantv estadal, el Sindicato de Caracas ejerce su deber y derecho legítimo, de defender e informar a toda la masa trabajadora, sin distingo, ni discriminación política, cultural o religiosa. Situación ésta que ha molestado a la alta gerencia, hasta el punto tal que hoy viernes 01 de Agosto a las 7:00 a.m., en la práctica de repartir un volante mano a mano a los trabajadores; directivos del Sindicato fueron abordados por el personal de seguridad de Cantv, en conjunto con  efectivos de la guardia nacional, quienes intentaron impedir la entrega de un comunicado a los trabajadores de la corporación, tratando de evitar que los cantevistas conozcan la verdad, en el mismo se hacen cuestionamientos sobre el PECULADO DE USO, que viene cometiendo el presidente de Cantv Manuel Fernández, y el quebrantamiento de la Inamovilidad Laboral existente en el país y la estabilidad laboral de la cual gozamos los trabajadores cantevistas, que transgrede a DIARIO el gerente de atención laboral Francisco López (AMBOS DELITOS GRAVES).
Lo cierto es que tanto seguridad interna como la guardia del pueblo, quienes calificaron la actividad sindical, como un acto proselitista; no pudieron, ni podrán; con la solidez y contundencia de los argumentos del Sindicato, quienes contaron con el respaldo total de los trabajadores presentes en el lugar.
      
       Nos acusan de proselitistas pero hasta los momentos, no han sabido explicar, que es lo que realiza la Empresa cuando al final de cada charla o cursillo en el CET, le presenta a los trabajadores un cuestionario preguntando cosas: como quien es el Presidente de la República, como se llama tal o cual misión, que diga el nombre de diputados del oficialismo, etc, o cuando, por los correos internos y hasta en los baños del edificio principal vemos propaganda del psuv. Manuel y sus lacayos han intentado inyectar su veneno partidista, en múltiples facetas: voceros, fuerzas, batallones, consejos, frentes y ahora comandos... Un tal CBT "comando borracho tracalero" es la última herramienta de amenaza y manipulación, que intenta colocar o convertir a gerentes, coordinadores y trabajadores en timoratos.  En la planillita de "afiliación" de este súper comando, preguntan hasta las caries que tienes...
En todos los centros de trabajo de la Empresa, éste Sindicato combativo de Caracas le hará frente a cuanto politiquero canino intente ladrar y serán denunciados y lidiados por todos los medios posibles!

¡A TODA LA FAMILIA CANTEVISTA, TE INVITAMOS A SEGUIR HACIENDO LAS DENUNCIAS, NOS COMPROMETEMOS A PUBLICARLO, MANTENIENDO EL ANONIMATO!

     Queremos hacer del conocimiento de todos los trabajadores mal “llamados de confianza” y ahora “no regidos” o “no amparados” que la empresa en estos momentos en conchupancia con el siguaraya, pretenden convertirlos en personal de dirección para poder imponer jubilaciones compulsivas y despidos injustificados, acude a tu sindicato la ley te ampara, los sindicatos están en la obligación de defender a todos los trabajadores.



02124625466 / 02124517278